La importancia del testamento y el protocolo familiar para asegurar el relevo generacional de las empresas familiares del medio rural

 

Por Raquel Feria, cofundadora de Feria & Redondo.

Abogada mercantilista y asesora jurídica de empresas.

En España predominan las empresas familiares frente a las no familiares.

Además, las empresas familiares generan entre el 65 y el 70% del PIB y el 75% del empleo, con cerca de nueve millones de trabajadores, de los cuales más de un millón y medio son autónomos.

En el medio rural, el número de empresas familiares es aún mayor, y las personas que operan como autónomos también son empresarios que potencialmente constituirán una empresa familiar en el futuro.

Por tanto, la contribución y el impacto económico y de empleo que generan este tipo de empresas en el país es imprescindible, y aún más si cabe en el medio rural.

Lo que diferencia, sobre todo, a las empresas familiares de las no familiares y que explica su impacto económico en la sociedad es su estabilidad y perdurabilidad en el tiempo. Las empresas familiares pasan de generación en generación, transmitiéndose de padres a hijos, lo que sin duda es más complicado cuando se trata de empresas no familiares.

Sin embargo, su mejor característica está comenzando a correr peligro en los municipios rurales y con ello, también está comenzando a correr peligro la economía de estos pueblos, y todo ello debido a la despoblación. Los efectos que la despoblación está causando no afectan solo al descenso del número de personas que viven en el medio rural, sino también a la escasez de servicios, de empresas que sigan asentándose en estos municipios, que ello conlleva. Y todo esto se traduce, en el caso de las empresas familiares, en un problema de relevo generacional. Un problema que, en definitiva, será de todos, pues las empresas familiares son el motor económico de sus pueblos.

No solo es más difícil conseguir que los hijos e incluso otras personas no familiares quieran trabajar en el negocio, sino que también la era digital viene pegando fuerte y las empresas no tienen recursos suficientes para adaptarse. Y a esto se suma la abundancia de leyes que repercuten a las empresas y que resulta imprescindible conocer para lograr el relevo generacional. Todo esto son dificultades añadidas a las que no tenían que hacer frente las generaciones pasadas.

Por eso, teniendo el ámbito jurídico un gran y decisivo peso en el relevo generacional de las empresas familiares, en esta entrada vamos a dar a conocer dos herramientas imprescindibles con las que trabajamos para que las empresas consigan su relevo generacional.

 

EL PROTOCOLO FAMILIAR

Es un documento muy útil que sirve para fijar los aspectos más importantes de la empresa, desde su estructura interna como los órganos sociales y familiares o las relaciones laborales o de los socios, hasta diversas políticas de gestión de la empresa, organización, toma de decisiones o acuerdos, etc.

Por ejemplo, en este documento se contiene tanto cuestiones familiares, como la filosofía de la empresa que todo miembro debe cumplir o el árbol genealógico de las generaciones que han trabajado en la empresa, como cuestiones más jurídicas tales como los órganos de la empresa, sus funciones y quiénes lo conforman; la política de transmisión de las participaciones sociales de la empresa para el caso, por ejemplo, de que se jubilen los socios; o las relaciones laborales que hay dentro de la empresa, entre otras cláusulas.

En cualquier caso, hay que tener en cuenta que el protocolo familiar es un documento jurídicamente incompleto. Esto quiere decir que el protocolo por sí solo es un documento que tiene poca fuerza para conseguir el relevo generacional, por eso, necesita de otros documentos, orientados en el mismo sentido, que lo completen y que, en su conjunto, consiguen este objetivo.

Hablamos del testamento, las capitulaciones patrimoniales, los Estatutos de la empresa y los pactos parasociales, aunque en esta entrada nos vamos a centrar solo en el protocolo y el testamento.

 

EL TESTAMENTO

Es un documento comúnmente más conocido que el protocolo familiar y su finalidad es conocida por todos: designar a los herederos de la persona que ha fallecido y que van a ser quienes hereden sus bienes. No obstante, se piensa erróneamente que es un documento general, y por eso muchas veces se desaprovecha las oportunidades que la Ley permite para hacer unos repartos más concretos y ventajosos, o incluso para hacer ciertas regulaciones específicas.

En el caso de los testadores que son empresarios, se desconoce que el testamento tenga una gran importancia cuando se trata de regular el relevo generacional, pero todo lo contrario, el testamento resulta imprescindible para conseguir el relevo generacional. Ahora bien, aunque por sí solo sí puede, o al menos en gran parte, conseguir el relevo generacional, este será más seguro si se cuenta con otros documentos que completen el testamento, sobre todo en lo que respecta a las relaciones durante la vida de los socios, como el protocolo familiar.

Es decir, si el protocolo familiar ya establece la organización interna de los socios y quiénes les van a suceder dentro de la organización de la empresa (sin que esto suponga en sí mismo un pacto sucesorio), lo lógico es que el testamento respete esta organización y el socio-testador designe como heredero de su parte de la empresa a su hijo-heredero que vaya a ser el que le suceda en la relación interna que se haya indicado y regulado en el protocolo familiar. Así su relevo generacional será más sencillo, sin menos trabas administrativas o empresariales. Aunque de no tener una cohesión entre un documento y otro, tampoco impedirá que prevalezca la voluntad del testador en lo que haya indicado en el testamento.

En conclusión, el testamento particional (aquel testamento en el que el testador designa expresamente qué herederos heredan cada bien concreto de la herencia) permite al testador decidir el destino y la titularidad de sus bienes, y en lo que repercute a la continuidad de la empresa, permitirá:

  • Asegurar el relevo generacional, pues será el testador el que indique quién o quiénes heredarán la empresa, evitando así que esta se fragmente o incluso acabe en manos de quien no sea familiar.
  • Evite operaciones innecesarias de reparto de bienes entre los herederos después del fallecimiento del testador, pues ya habrá sido el testador el que haya repartido dichos bienes. Con ello, se ahorrarán también gastos de impuestos.
  • Evitar o, al menos, reducir al máximo los conflictos familiares que suelen producirse cuando no hay testamento o este no es particional; y que pueden resentir la continuidad de la empresa.

Por todo esto resulta un documento imprescindible, casi más que el protocolo familiar.

Para tener más información sobre la planificación de herencias puede pinchar aquí.

 

CONCLUSIÓN

En síntesis, cuando trabajamos con empresas que quieren comenzar a planificar su sucesión con la siguiente generación, el protocolo familiar (para quienes aún no lo tienen) y, sobre todo, el testamento de los socios, son los dos documentos que comenzamos a trabajar con los socios y familiares y, posteriormente, a redactar para regular este traspaso y que el relevo generacional sea lo más efectivo posible.

Ambos documentos se complementan, uno regula las relaciones familiares y empresariales de la familia durante la vida de los mismos (protocolo familiar) y el otro las relaciones futuras que tendrán los hijos dentro de la empresa (testamento). Y, por eso, lo ideal es que se realicen conjuntamente.

No hay que olvidar que hay otros documentos que también ayudan al relevo generacional, pero sin duda, el protocolo familiar y, en especial, el testamento de los socios, son los dos pesos pesados para conseguir el relevo generacional.

En próximas entradas comentaremos los problemas que pueden ocasionarse a una empresa familiar si el socio fallece sin testamento, o con un testamento no particional, y como este hecho, incluso, puede suponer la extinción de la empresa familiar.

Si estás planteándote  planificar el relevo generacional de tu empresa familiar podemos asesorarte en estas cuestiones y ayudarte a la toma de decisiones y la elaboraación de los documentos que precisas.

¿Todavía no nos sigues? En nuestras redes sociales encontrarás posts, noticias, actividades, y mucho más.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *